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Mostrando las entradas de octubre, 2023

Supremacía Constitucional aplicada en México

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Supremacía Constitucional aplicada en México  De acuerdo con la Real Academia Española, el término supremacía se define como:           Supremacía:  Grado supremo en cualquier línea. Basándonos en esta definición, podemos inferir que en un sentido jurídico, se refiere al grado supremo de una ley. Para aclarar más el concepto, podemos recurir a Huiscas, quien publica en su blog que: "La supremacía de una norma fundamental radica en el hecho de ser la base sobre la cual descansa el sistema jurídico de un Estado, legitimando así la actividad de los órganos estatales y dotándolos de competencia." El mismo Huiscas comenta, en su publicación, que Hans Kelsen, jurista, filósofo y político austriaco es el máximo exponente de la  Supremacía Constitucional . Kelsen expresó esta supremacía a través de una gráfica conocida como " Pirámide de Kelsen " , como la que se muestra a continuación: Pirámide de Kelsen Aterrizando el principio de Supremacía, definido tanto por la Real A

FUNCIONES DE LOS PODERES PÚBLICOS A NIVEL ESTADO

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FUNCIONES DE LOS PODERES PÚBLICOS A NIVEL ESTADO La estructura que prevalece en el país respecto de la división actual de poderes, es la característica principal del régimen presidencial que existe en México y que es determinante para entender el funcionamiento del mismo en todos sus aspectos y del propio país, régimen, condiciones, características y estructura que determina a su vez el propio Sistema Jurídico Mexicano. Es de gran importancia el estudio de la estructura de poderes que constituye a México, tomando en cuenta la Federación y los estados que la componen, tomando en cuenta su base constitucional y la jerarquía entre los ordenamientos locales y federales, de acuerdo al principio de supremacía de la constitución. Para determinar la naturaleza jurídica de los Estados miembros de la Unión, debemos situarnos en el artículo 40 de la Constitución Mexicana, el cual nos establece que “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal,

Primacía Constitucional aplicada en México

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Primacía Constitucional aplicada en México Nuevamente partamos en la definición de Primacía proporcionada por la Real Academia Española: Primacía:  Del  b. lat.   primatia,  y este  der.  del  lat.   primas, -ātis  'primero, principal'. Superioridad, ventaja o excelencia que algo tiene con respecto a otra cosa de su especie. Así, si trasladamo s esta definición al ámbito jurídico, se puede decir que la primacía es la Ley primera o principal. Por otra parte, para Verón y Huiscas: La  fundamentalidad  de la Constitución significa... que ésta es la fuente de validez formal de todas las normas secundarias que componen el derecho positivo... y que ninguna autoridad estatal tiene más poderes que los que le reconoce la Constitución, pues de ella depende la legitimidad de todo el sistema de normas e instituciones que componen aquel ordenamiento. (Verón) La  supremacía  de una norma fundamental radica en el hecho de ser la base sobre la cual descansa el sistema jurídico de un Estado, le

Jerarquía de las Leyes en México

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Jerarquía de las Leyes en México En las entradas anteriores hemos profundizado en los principios de supremacía y primacía de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dejando claro también, que existe una jerarquía en el orden jurídico del Derecho Mexicano, como podemos observar en el siguiente video (sube el volumen): Como hemos visto en el video anterior, en el Derecho Mexicano existe una jerarquía del orden jurídico, que profundizaremos a continuación:  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:  Es la Ley Suprema que contiene el conjunto de normas jurídicas fundamentales del Estado Mexicano y hace referencia a los tres elementos formales de todo estado: La población, el territorio y el gobierno o administración pública. Es la ley de la cual emanan las demás leyes que rigen al Estado Mexicano a nivel Federal, Estatal, Municipal e Internacional. Tratados Internacionales:  Son los acuerdos suscritos entre ciertos sujetos a nivel internacional. De acuerdo co

Acción de Inconstitucionalidad

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Acción de Inconstitucionalidad Eréndira Salgado Ledesma expone que una  Acción de Inconstitucionalidad  es un procedimiento ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Pleno) cuya finalidad es preservar la supremacía de nuestra Constitución mediante la derogación de leyes y tratados internacionales que la contravengan. Estas acciones de inconstitucionalidad pueden ser promovidas, con base en los artículos 94 y 105 constitucionales, por legisladores federales o locales, o quienes conformen una minoría parlmanentaria que represente al menos el 33% del total de quienes integran el órgano que haya expedido la norma que se impugna.  El Procurador General de la República, los partidos políticos con registro en el INE; los partídos políticos con registro local cuando se trate de leyes electorales; la Comisión Nacional de Derechos Humanos y los organismos locales en la misma materia también pueden promover acciones de inconstitucionalidad. La importancia de esta acción radica en que si la